De acuerdo con el Ministro de Hacienda, Colombia Compra Eficiente, autoridad en materia de contratación pública, aclaró que el decreto 092 de 2017, no aplica para la ejecución de los recursos de la transferencia cafetera.
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Es falso que las entidades sin ánimo de lucro deban aportar el 30% del valor del convenio para poder hacer convenios de colaboración o convenios de asociación.
La cita es a las a partir de las 7:00 de la mañana en el auditorio de Fenalco, donde están invitados integrantes del gremio de los ferreteros, obras públicas y venta de instrumentos, quienes podrán conocer los procesos de contratación pública que adelantará la Alcaldía de Neiva en materia de seguridad.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció en el 84° Congreso Nacional de Cafeteros Extraordinario, que los Comités Departamentales de Cafeteros podrán, por medio de convenios directos, seguir siendo socios de las entidades territoriales en la ejecución de los recursos de la transferencia cafetera.
En el Boletín Digital del mes de junio presentamos el Decreto 092 de 2017, la guía expedida por Colombia Compra Eficiente que establece lineamientos para la contratación en el marco del artículo 355 de la Constitución Política y el equipo de Colombia Compra Eficiente ha asistido a reuniones y foros sobre la aplicación de esta norma.